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Regreso a clases: ¿Colegios pueden exigir útiles escolares y uniformes?

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Regreso a clases: ¿Colegios pueden exigir útiles escolares y uniformes?

A tan solo días de que suene el timbre y comiencen las clases, las familias aún están en pleno proceso de compra de útiles, libros y uniformes escolares. Pero, ¡ojo!, que nadie se quede fuera del salón por falta de implementos.

Es importante recalcar que el derecho a la educación es lo primordial, así que nadie puede quedar excluido por no tener todos los materiales.

Revisa a continuación qué dice la normativa sobre exigencia de estos elementos para el regreso a la escuela.

¿Se puede sancionar a un alumno por no contar con útiles escolares o materiales de estudio?

La normativa vigente establece que no se puede sancionar ni excluir a las y los estudiantes por no contar con los útiles escolares o materiales de estudio.

Los establecimientos educacionales podrán sugerir la compra de productos de marcas determinadas por razones pedagógicas o sanitarias debidamente acreditadas.

Ningún establecimiento del país puede pedir en las listas de útiles escolares artículos de aseo o de oficina, puesto que vulnera la normativa educacional.

Solo en forma excepcional –cuando existan razones de carácter pedagógico, sanitario o de otro orden debidamente acreditables- los profesores o establecimientos educacionales podrán recomendar, pero nunca obligar, determinadas marcas de productos escolares en las listas de útiles.

¿Es obligatorio el uso del uniforme escolar?

El uso obligatorio del uniforme escolar tiene que estar señalado en el reglamento interno de cada establecimiento y cualquier cambio debe comunicarse, a más tardar, en marzo de cada año.

Los establecimientos educacionales pueden establecer el uso obligatorio del uniforme escolar, con acuerdo del respectivo Centro de Padres y Apoderados, del Consejo de Profesores y previa consulta del Centro de Alumnos, siempre que este sea económico.

¿Quiénes reciben textos escolares gratuitos?

Las y los estudiantes matriculados en establecimientos municipales y particulares subvencionados tienen el derecho a recibir los textos entregados gratuitamente por el Ministerio de Educación.

Las escuelas deben distribuir oportuna e íntegramente todos los textos escolares, ya que son de su propiedad.

Si el establecimiento decide solicitar un texto adicional o complementario a los que entrega el ministerio de manera gratuita, la adquisición de éste es voluntaria.

El establecimiento deberá adecuar la actividad pedagógica para aquellos estudiantes que no cuentan con dicho texto complementario, de manera que la falta de este material no constituya un obstáculo para el proceso de enseñanza-aprendizaje de los estudiantes.

¿Qué puedo hacer como apoderado si me están exigiendo útiles de una marca específica?

El derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes está siempre primero, y no pueden perder clases por no contar con los materiales. 

Puedes llamar al 600 3600 390 si tienes dudas. 

Si hoy un establecimiento incurre en el incumplimiento de esta normativa recomendamos realizar las denuncias respectivas en el sitio de la Superintendencia de Educación, en el banner de atención ciudadana.

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